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1. ORDENANZA 15/93 En sus considerandos dice: "Se debe regularizar la situación legal de propiedad de tierras de personas que ocupan las mismas. De esta manera permite al Municipio recaudar los impuestos a los verdaderos propietarios. Es un deber del Municipio otorgar la propiedad a quienes con esfuerzo y dedicación han construido su vivienda." Art 1° Facúltase al Ejecutivo Municipal a otorgar títulos de propiedad a ocupantes de Chacra N° 11 que hayan construido su vivienda.

2. ORDENANZA 71/93 En sus considerandos dice: "Que los lotes fueron otorgados a las familias con residencia en Sarmiento y con el afán de construir su vivienda. Que se constató que la mayoría de las familias están viviendo en su vivienda construidas en los lotes previamente designados. Que las familias que habitan dentro de la manzana con la colaboración de la Corporación Municipal instalaron el gas natural. Que para el otorgamiento del respectivo título de propiedad, los ocupantes de dicha manzana deberán realizar la mensura correspondiente a su cargo. Que siendo de propiedad de esta Corporación Municipal la manzana en cuestión, es un deber de la misma otorgar los títulos de propiedad a quienes verdaderamente ocupan la citada manzana y realizaron las mejoras en sus viviendas o bien están habitándolas". Art 1° Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar título de propiedad a los ocupantes de la manzana 27 Chacra 22........."

3. ORDENANZA 50/93 En sus considerandos dice: "Que los peticionantes se han constituido en Cooperativa bajo la denominación de Cooperativa para la vivienda limitada Sargento 1° René Pascual Blanco. Que en el marco de la actual política de viviendas que implementa el estado Nacional y Provincial, corresponde al Municipio promover los esfuerzos de autogestión tendientes a paliar el déficit habitacional. Que la construcción del plan de viviendas que se proyecta permitirá la radicación definitiva de 40 familias en nuestra ciudad". Art 1° Efectuase la reserva de la manzana 48, Chacra 22 del ejido Municipal de Sarmiento para la construcción de un plan de 40 viviendas........ Art 2° Se otorga a los interesaos un plazo de un año para la presentación del proyecto pertinente y la documentación que acredite la inscripción en el Instituto Nacional de Acción Cooperativa. Art 3° Cumplimentado lo establecido en el artículo precedente y aprobado por el Municipio el cronograma y plan de obra respectivo, los peticionantes podrán acceder a la propiedad del inmueble mediante pacto de retroventa, a título gratuito, corriendo por cuenta de la cooperativa los gastos de mensura y escrituración.......

4. ORDENANZA 06/97 En sus considerandos dice:"Solicita la cesión de terrenos a favor del IPV y DU para la construcción de viviendas destinadas al personal policial............ Que la cesión a título gratuito solicitada deberá estar condicionada a que en un plazo de 12 meses se de por iniciado los trabajos". Art 1° Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a transferir a título gratuito al IPV y DU el lote A1 del solar A de la manzana 50 con destino a la construcción de 4 viviendas para el personal policial........

5. ORDENANZA 58/97 En sus considerandos dice:"Se solicita la transferencia a título gratuito a favor de dicho instituto (IPV y DU) de 100 lotes para la construcción de igual cantidad de viviendas en nuestra ciudad.........." Art 1° Transfiérase a título gratuito a favor del IPV y DU..........

6. ORDENANZA 01/98 En sus considerando dice: "Transferencia a favor del IPV y Du parte de la manzana N° 20 de la Chacra 11". Art 1° Apruébase en todos sus términos la Resolución N° 760/97 del DEM de fecha 23 de diciembre de 1997, referida a transferir a favor del IPV y DU y destinado a la construcción del plan de 20 viviendas e infraestructura.......

7. ORDENANZA 10/99 En sus considerandos dice:"Que la empresa CONINSA S.A solicita tierras en esta ciudad para la construcción de una base para depósito y mantenimiento de equipos que operan en la zona. Que el municipio cuenta con el lote D3 de la mazana N° 40 de la chacra N° 2..........". Art 1° Transferir sin cargo a la empresa CONISA S.A el lote........

8. ORDENANZA 12/99 En sus considerandos dice:"Que solicitan (Centro de Jubilados y Retirados de la Provincia del Chubut), el otorgamiento de un terreno para la construcción de su sede social. Que el municipio debe atender este tipo de solicitudes y sin cargo para el solicitante". Art 1° Autorizase al DEM a transferir a título gratuito al Centro de Jubilados y Retirados de la Provincia del Chubut.............

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