ANTEPROYECTO
DE ORDENANZA
VISTO:
La nota presentada por la Cooperativa de Viviendas y Consumo Solidaridad
Limitada, solicitando la donación del terreno ubicado en la Manzana N° 33,
Chacra 22 del ejido municipal de Sarmiento y,
CONSIDERANDO:
Que
los lotes fueron reservados a 32 vecinos de la localidad los que se
comprometieron a realizar la mensura de dicho terreno para la construcción de
viviendas. Expediente P-315-96. Plano N° 16431. Registrado en la Dirección de
catastro e información territorial con fecha 31 de julio de 1997, Protocolo de
planos Tomo 162 Folio 61. Firmado: Agrimensora Mabel Alvarez de López
(Directora de catastro e información territorial y Juan Gallegos (Agrimensor).
Que durante 4 años
permitió reactivar en la localidad el movimiento económico de distintos
comercios de la zona generando puestos de trabajo, capacitando a empleados y
asociados en tareas tales como instalación de agua, luz, cloacas, albañilería
en general, carpintería, etc.
Que este
emprendimiento se concretó gracias a que el municipio reservó para que una vez
finalizado el barrio se procediese a la donación de dicha manzana a sus
respectivos adjudicatarios, cumpliendo de esta forma con las exigencias del
I.P.V y D.U en su operatoria de Obra Delegada.
Que con garantía
municipal por acuerdo de este cuerpo deliberativo la Cooperativa Solidaridad
tuvo acceso a un crédito de $ 336.000 el cual se está reintegrando a través
de este municipio en tiempo y forma.
Que la
Cooperativa Solidaridad ya finalizó el reintegro del crédito por $ 96.000 que
le fuera otorgado por el Banco de la Provincia del Chubut S.A con garantía
Municipal.
Que dicha forma
de conseguir los propósitos impuestos por este grupo de vecinos de la localidad
es motivo de felicitación de personas tan lejanas que vía Internet desde España
los instan a seguir trabajando de igual manera. Ver copia.
Que la Cooperativa Solidaridad una vez finalizado el objetivo
primario que se había impuesto, acompañó a un grupo de vecinos del Barrio
Progreso en la organización y elaboración del proyecto para la instalación
del gas domiciliario, continuando con su conducta de que cada vecino debe
trabajar en pos de conseguir con su esfuerzo y el apoyo del Estado para el
mejoramiento de su calidad de vida.
Que dicha Cooperativa es un ejemplo de autogestión y
participación ciudadana, para colaborar con el Estado Municipal y/o
Provincial a fin de paliar un flagelo que afecta a toda comunidad, como es la
falta de vivienda.
Que
todos los barrios que se construyeron con créditos provenientes del
Estado Provincial y/o Nacional, el Municipio aportó donando las tierras, por lo
que si se vendiesen las tierras a la Cooperativa Solidaridad se crearía un
precedente que en el futuro impediría la construcción de planes de vivienda
con fondos públicos.
Que es un deber
del Municipio promover e instar
este tipo de emprendimientos donde los costos de las viviendas son inferiores al
50% y de mejor calidad a los
realizados, por otras entidades en nuestra localidad.
Que los vecinos
del Barrio Solidaridad han cumplido y cumplen en un alto grado con el pago de
sus obligaciones impositivas.
Que ha sido una
política de este Cuerpo Deliberativo y del Ejecutivo Municipal transferir
terrenos a título gratuito para la construcción de barrios en este ejido, tal
lo plasmado en las ordenanzas: 15/93, 50/93, 71/93, 58/97 y 01/98, etc.
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SARMIENTO EN
USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY 3098 RESUELVE CON FUERZA DE:
ORDENANZA
Art. 1° Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a
otorgar a título gratuito la propiedad de los lotes de la Manzana N° 33, Chacra N° 22 a sus actuales ocupantes.
Art. 2° De forma